SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 221/00 - R
Fecha: 14-Mar-2000
previo pago
“Lo raro y paradójico del caso -dice el recurrente- es que el demandante Marcial Cortez Arteaga, sutilmente se niega a cumplir la parte resolutiva de la indicada sentencia, en lo que se refiere a que mi persona desocupe el inmueble previo pago de las mejoras”. Luego de otras amplias consideraciones formuladas por el recurrente relativas al peritaje sobre mejoras mandado a elaborar por Marcial Cortez Arteaga, sin tomar en cuenta otras construcciones y mejoras efectuadas que resultan dando una diferencia en contra del recurrente, de $us 14.493.30, concluye manifestando que no existiendo otro medio ni recurso legal para la protección inmediata de sus derechos restringidos e inclusive amenazados, acude al Recurso de Amparo Constitucional pidiendo se lo declare procedente y se conmine al recurrido, Marcial Cortez Arteaga, a pagar el 50% de la suma de $us 16.666.- (cálculo hecho por el recurrente).