Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 247/2000-R
Fecha: 17-Mar-2000
improcedente
Que, la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, después de la compulsa de los antecedentes, dicta la Resolución de fs. 119, declarando improcedente el Amparo Constitucional, con costas, con el fundamento de que lo alegado en el recurso son cuestiones de hecho que deben ser resueltas en la vía legal correspondiente y no dentro de un Amparo Constitucional que es un proceso de puro derecho, afirmando que la parte recurrente no ha demostrado que sus derechos hayan sido restringidos, suprimidos o amenazados por las autoridades recurridas, quienes dictaron el Auto impugnado en ejercicio de la jurisdicción y competencia que les reconoce la ley.