Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 359/00-R
Fecha: 14-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7 de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No 1836, APRUEBA la sentencia venida en revisión corriente a fs. 74 de obrados, dictada en fecha 13 de marzo de 2000 por el Juez de Partido en lo Penal de la ciudad de El Alto del Distrito de La Paz.