SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 373/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 373/2000-R

Fecha: 20-Abr-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y  93 de la Ley 1836, REVOCA la resolución venida en revisión y declara PROCEDENTE el recurso, ordenando la inmediata libertad de la recurrente, previo cumplimiento del art. 7 de la Ley 1685. Asimismo, se condena al pago de daños y perjuicios al Juez recurrido, que será calculado por el Tribunal de Hábeas Corpus de conformidad al art. 91-VI de la Ley Nº 1836.