Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 305/00-R
Fecha: 05-Abr-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, los recurrentes en representación con mandato de Cristopher ías legales para hacer valer sus derechos considerados restringidos o amenazados y no acudir a un recurso constitucional extraordinario que no es sustitutivo de otros recursos; en consecuencia, el Tribunal de Amparo, no ha compulsado debidamente los hechos al haber declarado procedente el presente recurso.