Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 404/2000 - R
Fecha: 28-Abr-2000
improcedente
Que, concluida la audiencia la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dicta la Resolución cursante de fs. 36 a 37 declarando improcedente el Recurso, con el argumento de que no existe procesamiento indebido y menos detención ilegal, sino más bien un debido proceso con todas las formalidades señaladas en la Ley 1008, donde el hijo de la recurrente tiene todas las vías legales para asumir su defensa, no siendo el Hábeas Corpus sustitutivo de estos recursos.