Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 476/2000-R
Fecha: 17-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los 94 y 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la resolución venida en revisión y declara IMPROCEDENTE el Recurso interpuesto, debiendo la Jueza de Amparo dar cumplimiento al art. 102-III de la Ley Nº 1836.