Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 448/00 - R
Fecha: 09-May-2000
Fragmento 3
Por último, observa que el Decreto Presidencial No. 25477 de 5 de agosto de 1999 y la Resolución Suprema No. 216419 de 28 de diciembre de 1995 no son aplicables a su caso, por no tener mayor fuerza que la Ley y su conceptualización. Concluye el recurrente reiterando su solicitud de Amparo Constitucional de conformidad con el art. 19 de la Constitución Política del Estado.