Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 485/00- R
Fecha: 22-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la sentencia que corre a fs. 18 y vta., dictada en 13 de abril de 2000 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de La Paz, con costas y multas que deben ser fijadas por el Tribunal de Amparo.