Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 503/00-R
Fecha: 24-May-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No.1836, APRUEBA la sentencia que corre de fs. 108 a 110, dictada el 28 de marzo de 2000 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Potosí.