AUTO CONSTITUCIONAL Nº 111/2000-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 111/2000-CA

Fecha: 23-Jun-2000

2.  En la declinatoria:

Que, en el caso que nos ocupa, el Conflicto de Competencia ha sido presentado directamente por la Corte Nacional Electoral sin que haya sido requerida o planteada la inhibitoria o declinatoria por la persona natural o jurídica interesada y menos se haya sustanciado conforme lo disponen los  artículos 72 y 73 de la Ley Nº 1836.