Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 042/2000
Fecha: 28-Jun-2000
CONSIDERANDO III
Que mediante Auto de 20 de abril de 2000 (fs. 211 vta.), el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Santa Cruz admite el Recurso “por encontrarse con suficientes fundamentos de orden legal que requieren ser conocidos y dirimidos por el Tribunal Constitucional”, remitiéndose el Recurso Indirecto o Incidental y antecedentes a este Tribunal mediante Oficio No. 452/2000 de 9 de mayo de 299 (fs. 221), el mismo que es considerado.