Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 544/2000-R
Fecha: 02-Jun-2000
improcedencia
3. Al término de la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus dicta Sentencia declarando la improcedencia del Recurso con el argumento de que las diligencias levantadas en el presente caso fueron recibidas en la Corte Superior del Distrito dentro de las 48 horas previstas por ley, consiguientemente no se ha violado ninguna disposición legal, correspondiendo a la jurisdicción ordinaria pronunciarse sobre la culpabilidad o inocencia del recurrente.