SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 548/2000-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 548/2000-R

Fecha: 02-Jun-2000

procedente

Que concluida la audiencia, el Juez de Partido Tercero en lo Penal dicta la resolución cursante de fs. 17 a 19 que declara procedente el Hábeas Corpus, con el argumento de que por mandato del art. 6 de la Ley N° 1602, la Policía Nacional no está facultada para emitir una orden de apremio por obligaciones patrimoniales.