SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 564/00-R
Fecha: 08-Jun-2000
2.
2. La autoridad recurrida presta su informe manifestando que la sentencia del proceso, radicado en su Juzgado, condena a Amboró Limitada, Romelio Antelo y Socia Peredo Parada. Añade que anteriormente la parte recurrente en 1998 planteó Hábeas Corpus, que fue declarado improcedente por existir cosa juzgada pretendiendo la recurrente confundir las determinaciones laborales que emergen del caso cuestionado al referirse a la negativa de exclusión del patrimonio de la sociedad. Expresa por último, que ha actuado conforme a Ley, en ejecución de sentencia, y que además está pendiente de resolución la apelación interpuesta por la recurrente, pidiendo se declare improcedente el recurso. A su vez el Representante del Ministerio Público, pide se declare improcedente el recurso, al evidenciarse que no se ha expedido mandamiento de apremio y que además, anteriormente la recurrente interpuso similar recurso que fue declarado improcedente; que no es evidente el procesamiento ilegal, y mucho menos que exista persecución indebida por no haber mandamiento ordenado.