SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 610/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 610/00-R

Fecha: 26-Jun-2000

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, APRUEBA la resolución venida en revisión corriente a fs. 11 y vta. de obrados, pronunciada el 27 de mayo por la Jueza Suplente del Juzgado de Partido de la Provincia Obispo Santisteván - Warnes del Distrito de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal del Hábeas Corpus proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI de la Ley  Nº 1836.

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley No. 1836, APRUEBA la resolución venida en revisión corriente a fs. 11 y vta. de obrados, pronunciada el 27 de mayo por la Jueza Suplente del Juzgado de Partido de la Provincia Obispo Santisteván - Warnes del Distrito de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal del Hábeas Corpus proceda a la calificación de daños y perjuicios conforme al art. 91-VI de la Ley  Nº 1836.