Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 551/00 - R
Fecha: 02-Jun-2000
improcedente
5. Concluida la audiencia pública, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, pronuncia su fallo, declarando improcedente el Recurso, con los fundamentos de que no se ha ordenado ni expedido mandamiento de aprehensión, que los mandamientos se encuentran en obrados, por lo que no existe persecución indebida. Que tampoco hay procesamiento indebido, porque el Juez ha asumido conocimiento del proceso con la competencia que le reconoce la Ley, habiendo los imputados, ahora recurrentes, asumido su defensa de manera irrestricta.