SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 656/00-R
Fecha: 05-Jul-2000
2.
2. El Juez demandado indica que ignora los motivos por los que la Gobernadora mantiene en detención a la recurrente, que expidió mandamiento de aprehensión para que fuera conducida a objeto de prestar su declaración confesoria. A su vez, la Gobernadora recurrida indica que el mandamiento de libertad provisional llegó el 24 de mayo, con posterioridad al de aprehensión que fue de su conocimiento en 18 de mayo; no se la condujo a la recurrente -dice- porque el mandamiento no indicaba día y hora de la audiencia y que está detenida en mérito al mandamiento de aprehensión.
Por otra parte el representante del Ministerio Público, indica que en atención a lo expuesto por las partes, se tendría solo el hecho de que la Gobernadora no ha cumplido con la orden judicial de remitir a la recurrente ante el Juez que emitió la aprehensión y requiere por la improcedencia del Recurso en cuanto se refiere al Juez requerido y procedente en contra de la Gobernadora, por incumplimiento de orden judicial.