Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 675/2000-R
Fecha: 10-Jul-2000
procedente
Que concluida la audiencia y de acuerdo con el requerimiento fiscal, el Juez de Hábeas Corpus dicta la resolución cursante de fs. 23 a 24, que declara procedente el Recurso, con el fundamento de que el arraigo fue ordenado a solicitud del Fiscal Adscrito a la Policía Técnica Judicial y que el mismo no puede mantenerse por tiempo indefinido, menos en el caso de autos que no existen indicios de culpabilidad.