Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 171/2000-CA
Fecha: 31-Ago-2000
ni la relevancia que tendrá esta norma impugnada en la decisión del proceso ejecutivo
Que en el caso de autos, no existe la fundamentación de la inconstitucionalidad del art. 152 del Código de Procedimiento Civil ni la relevancia que tendrá esta norma impugnada en la decisión del proceso ejecutivo que sigue el Banco Mercantil S.A. contra la Importadora Exportadora "Virgen de la Candelaria S.R.L." (CANDELEX LTDA.), incumpliendo de esta manera el requisito de contenido exigido por el art. 60.3 de la Ley Nº 1836, consecuentemente el presente incidente carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.