Que, en fecha 11 de agosto de 2000, el Tribunal Constitucional dictó la Sentencia Constitucional Nº 766/00-R, dentro del Hábeas Corpus interpuesto ante el Juez Tercero de Partido en lo Penal del Distrito de La Paz por Waldo Albarracín, Representante
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Que, en fecha 11 de agosto de 2000, el Tribunal Constitucional dictó la Sentencia Constitucional Nº 766/00-R, dentro del Hábeas Corpus interpuesto ante el Juez Tercero de Partido en lo Penal del Distrito de La Paz por Waldo Albarracín, Representante

Fecha: 29-Ago-2000

improcedente

Concluida la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus  dicta Resolución de fs. 12 a 14, que declara improcedente el Recurso con el fundamento de que las autoridades recurridas están cumpliendo con el procedimiento previsto por la circular emitida por la Corte Suprema con relación al trámite de cesación de detención preventiva, no habiéndose demostrado la detención indebida.