Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 797/00-R
Fecha: 28-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA la Resolución de fs. 40 y 41 de obrados, pronunciada el 14 de julio de 2000 por el Juez de Partido en lo Civil de Quillacollo, Distrito de Cochabamba.