Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 806/2000-R
Fecha: 30-Ago-2000
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dicta la Resolución de fs. 8, declarando procedente el Recurso con el fundamento de que al no permitir el ingreso del recurrente a su morada y tampoco a sacar sus pertenencias para que pueda mudarse a otro inmueble, se han cometido actos ilegales que restringen los derechos constitucionales del mismo, toda vez que el domicilio o morada de las personas es inviolable.