Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 810/2000-R
Fecha: 30-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº1836, REVOCA la Resolución de fs. 8 vlta. a 9, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz en 9 de agosto de 2000 y declara PROCEDENTE el Recurso, debiendo aplicar el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.