Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 811/00-R
Fecha: 31-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: Sin entrar en mayores consideraciones, el Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA el Decreto de 23 de junio de 2000 que RECHAZA el presente recurso.