Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 172/2000- CA
Fecha: 11-Sep-2000
POR TANTO
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 33, parágrafo I, inciso 1) concordante con el art. 82.III ambos de la Ley Nº 1836, RECHAZA el recurso interpuesto por Guido Jiménez Guzmán representado por Luis Fernando Loayza Angulo de fojas 49 a 51 del expediente.