Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 840/00-R
Fecha: 06-Sep-2000
1.
1. En su demanda de 18 de agosto del año en curso (fs. 4), los recurrentes expresan que ese mismo día a horas 10:15 a.m. Luis Alberto Poma se encontraba realizando su labor cotidiana de ayudante y “voceador” de la Línea 283, cuando en inmediaciones de la Plaza Pérez Velasco discutió con un pasajero, quien llamó a un agente de Tránsito que -sin ninguna orden al efecto- condujo en calidad de detenidos, tanto al ayudante como al chofer del motorizado, siendo este último liberado, quedándose su representado con la amenaza de permanecer 48 horas detenido y sometido a la limpieza de las celdas de dicha Unidad.