Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 860/00-R
Fecha: 18-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley Nº 1836, REVOCA la Resolución venida en revisión y dispone que el Recurso planteado sea admitido y tramitado conforme a Ley por el Tribunal del Amparo Constitucional.