Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 871/00-R
Fecha: 21-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución venida en revisión corriente de fs. 41 a 42 de obrados, pronunciada el 11 de agosto de 2000 por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito de Pando.