Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 944/01-R
Fecha: 06-Sep-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 94 y 102-V de la Ley N° 1836, APRUEBA EN PARTE la Resolución revisada, únicamente respecto a los vocales recurridos y la REVOCA respecto a la Jueza demandada.