SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°863/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N°863/00-R

Fecha: 19-Sep-2000

POR TANTO:

POR TANTO:  El Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 19-IV y  120-7ª de la Constitución Política del Estado    REVOCA   la Resolución Nº 207 de  29 de julio de 2000,  dictada por  la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declara  PROCEDENTE,   el Amparo Constitucional y consecuentemente nulo el remate de los bienes de propiedad de los recurrentes, debiendo la autoridad  judicial recurrida establecer y ordenar la reparación de los daños y perjuicios  consecuentes.

POR TANTO: Se corrige lo dispuesto en la parte resolutiva de la Sentencia Constitucional Nº 863/00-R de 19 de septiembre de 2000, ordenándose que corresponde a la autoridad judicial (Tribunal de Amparo) establecer los daños y perjuicios que debe reconocer la autoridad recurrida (Gerente Regional de Aduanas de Oruro), conforme al artículo 102-II de la Ley Nº 1836.