Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 25/2001- CA
Fecha: 31-Ene-2001
competencia en casación
competencia en casación, dentro del proceso penal seguido en contra del ahora recurrente, en consecuencia han ejercido esas potestades legales sin que su competencia estuviere suspendida o hubiere cesado, por lo que el recurso carece de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.