Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 26/2001-CA
Fecha: 31-Ene-2001
Recurso
embargados, aplicando las normas relativas a la regulación de ausencia de postores, establecida en el art. 42 de la Ley No. 1760, que sustituye al art. 542 del Cdgo. de Pdto. Civil. Que el Recurso ha sido presentado cuando la sentencia se encontraba ejecutoriada, por lo que los recurrentes han dejado pasar la oportunidad de solicitar la declaratoria de inconstitucionalidad.