SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 045/2001- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 045/2001- R

Fecha: 22-Ene-2001

Improcedente

            Finalizada la audiencia pública el Juez del Hábeas Corpus, declara Improcedente  el  Recurso, con el fundamento de que los menores fueron puestos  a disposición  del Juez competente, dentro de los plazos y condiciones previstas por el art. 226 y 229  del Nuevo Código de Procedimiento Penal,  autoridad que  asumió conocimiento sobre la situación jurídica de los mismos.