SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 056/01-R
Fecha: 26-Ene-2001
2.
2. A su vez, el abogado de las autoridades recurridas señala que se pretende anular una resolución dictada por un Tribunal Administrativo que falló confirmando la responsabilidad administrativa del recurrente y la existencia de indicios de responsabilidad penal relacionados con la Ley N° 1449, que regula el ejercicio profesional de la Ingeniería. Indica que la Superintendencia -en el presente caso- ha sido notificada con un proceso laboral en el que se solicita restitución a su fuente de trabajo y pago de beneficios sociales el mismo que tendrá que concluir con la decisión del Juez competente. Aclara que el proceso administrativo es de 1999 y se encuentra ejecutoriado y que el proceso laboral se encuentra en el Juzgado Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social para apertura del término de prueba, por lo que pide se declare improcedente el Recurso
El representante del Ministerio Público dictamina por la improcedencia del Recurso de Amparo, argumentando que la Resolución dictada en noviembre del pasado año, (1999), casi a un año de la interposición del presente Recurso, desvirtúa la eficacia del Amparo que se caracteriza por su inmediatez, existiendo por lo demás un proceso social demandado ante la judicatura laboral.