SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 057/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 057/2001-R

Fecha: 25-Ene-2001

procedente

Que, finalizada la audiencia pública el Tribunal del Recurso, de acuerdo con el requerimiento Fiscal declara procedente el Hábeas Corpus, con el fundamento de que por disposición del art. 250 de la Ley Nº 1970, el Juez recurrido, “...sin atropellar su autoridad judicial en la causa...”, puede de oficio revisar su decisión.