Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 073/2001 - R
Fecha: 30-Ene-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la Jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 94 y 102-V de la Ley 1836, APRUEBA la Resolución revisada, pronunciada en 7 de diciembre de 2000 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz debiendo esta aplicar el art. 102 - III de la Ley Nº 1836.