Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 356/2001-CA
Fecha: 01-Oct-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 parágrafo I inciso1) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el rechazo contenido en la Resolución de 3 de septiembre de 2001 pronunciada por la Corte Nacional Electoral.