AUTO CONSTITUCIONAL Nº 380/2001- CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 380/2001- CA

Fecha: 16-Oct-2001

carece manifiestamente de fundamento jurídico

Con referencia al Informe Preliminar de Auditoria Especial Sobre "Fondos en  Avance y Gastos de Viaje del Dr. Jaime Robles Miranda", el mismo que fue realizado por Rubén Zárate Lagrava, Auditor Financiero y avalado por Jorge F. Sellis Mercado, Jefe del Departamento de Auditoria, tampoco existe fundamento jurídico sobre la usurpación de funciones o ejercicio de jurisdicción o potestad que no emane de la Ley. Que, lo expuesto por el recurrente en sentido de que la contratación del Auditor Financiero,  Rubén Zárate Lagrava es ilegal o que  la actitud del Jefe del Departamento de Auditoria  Jorge F. Sellis Mercado haya sido ilegal al avalar el referido informe, no constituye fundamento jurídico para la procedencia del Recurso Directo de Nulidad, menos aún cuando ni el informe ni la carta impugnados constituyen actos concretos o resoluciones definitivas por las que una autoridad hubiera asumido determinaciones y a través de ellas cause algún agravio; en consecuencia, el presente Recurso carece manifiestamente de fundamento jurídico que dé merito a una resolución sobre el fondo.