AUTO CONSTITUCIONAL Nº 408/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 408/2001-CA

Fecha: 30-Oct-2001

rechazado

Que, con la respuesta de la parte contraria de fs. 11 del expediente, el Recurso es rechazado por Auto de 04 de octubre de 2001, con el fundamento de que es un requisito esencial para el Recurso Indirecto o Incidental que el mismo sea presentado antes de la ejecutoria de la sentencia y, en el caso, se ha solicitado que se promueva el mismo, cuando el trámite del proceso ejecutivo se encuentra en ejecución de sentencia. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.