AUTO CONSTITUCIONAL Nº 414/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 414/2001-CA

Fecha: 30-Oct-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:  Que, María Calvimontes Rosales, dentro del proceso coactivo que le sigue  el Fondo de la Comunidad, solicita se promueva Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad en contra del art. 48 de la Ley N° 1760 de Abreviación Procesal y de Asistencia Familiar, que establece que si el deudor hubiera renunciado expresamente al trámite del proceso ejecutivo, procede la ejecución coactiva, determinación que está en abierta contradicción con lo que establecen los arts. 16-II de la Constitución Política del Estado  y 90 del Código de Pdto. Civil, atentando  al derecho de la defensa y contraviniendo al principio de irrenunciabilidad de las  normas de orden público.

CONSIDERANDO:  Que, el art. 33 parág. I  num 2) de la Ley N° 1836 dispone que la Comisión de Admisión rechazará por unanimidad las demandas y Recursos manifiestamente improcedentes cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un Recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.