AUTO CONSTITUCIONAL Nº 415/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 415/2001-CA

Fecha: 30-Oct-2001

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, Ascencia López de Arcani en el proceso ejecutivo que sigue en su contra el Banco Nacional de Bolivia S.A., solicita al Juez Tercero de Instrucción en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz, promueva Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad  en contra del art. 28 de la Ley Nº 1760 de Abreviación Procesal Civil, porque el deudor no puede pedir ni el Juez puede paralizar la suspensión de la ejecución en caso alguno, cuando se haya planteado un proceso declarativo u ordinario sobre el mismo objeto, situación de indefensión material que contraviene lo preceptuado por el art. 16-II de la Constitución Política del Estado.