Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 418/2001-CA
Fecha: 30-Oct-2001
rechazando el incidente
Que, corrido en traslado y con la respuesta del Banco de Crédito de Bolivia S.A. Sucursal Santa Cruz, el Juez de la causa pronuncia el Auto de 9 de octubre de 2001, rechazando el incidente con el fundamento de que el art. 49 de la Ley 1760, que ha sido declarado constitucional, no vulnera el art. 16 de la Constitución Política del Estado; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.