SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1094/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1094/01-R

Fecha: 11-Oct-2001

a)

Por su parte, la autoridad recurrida a través de su abogado informó. a) que en el caso en cuestión era de aplicación la Ley Orgánica de Municipalidades de 1985 habiéndose cumplido a los efectos de la expropiación con el prerrequisito de la declaratoria de necesidad y utilidad pública, no habiéndose realizado el pago de la indemnización por falta de gestión de los interesados, por lo que agotada la vía administrativa los demandantes tienen también expedita la vía judicial; b) que con relación a la caducidad de la Ordenanza y la reversión aducida, ésta no se opera ipso jure o por el transcurso del tiempo, requiriéndose el cumplimiento de cuatro condiciones: inejecución de la obra, no compensación del precio, justificación y anulación del proyecto por otra Ordenanza Municipal; c) que  voluntariamente los recurrentes decidieron someterse al proceso administrativo interno al haber reclamado en diferentes oportunidades.