SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1096/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1096/01-R

Fecha: 11-Oct-2001

no habiendo demostrado los recurrentes que a estas sesiones no hubieran sido legalmente convocados.

4.   Que el Concejo Municipal de Ichoca sesionó el 19 de septiembre de 2000 en la localidad de Gualberto Villarroel (fs. 37), el 14 de octubre del mismo año en la localidad de Villa San Antonio (37 vta. a 38), el 9 de septiembre en la localidad de Germán Buch (fs. 39) y el 26 de enero de 2001 también en la localidad de Germán Buch, donde se eligió como Presidente del Concejo a Zenobio Borras (fs. 39 vta.), no habiendo demostrado los recurrentes que a estas sesiones no hubieran sido legalmente convocados.

5.   Que de las actas de sesión ordinaria de 7, 14 y 21 de diciembre  de 2000 consta que las mismas fueron suspendidas por falta de quórum al haberse hecho presentes a las mismas sólo los recurrentes. Consta también la suspensión de la sesión ordinaria de 1 de febrero del año en curso, por el mismo motivo (fs. 33 vta.).

6.   Que del Acta de sesión ordinaria verificada el 17 de febrero de 2001, donde se consideró la moción de censura presentada entre otros por los recurrentes, consta la presencia de éstos últimos, quienes firmaron al pie del acta como Secretario y Vicepresidente del Concejo junto a los demás Concejales (fs. 34).