Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1099/01-R
Fecha: 18-Oct-2001
PROCEDENTE
Previo dictamen fiscal, la Corte de Amparo, dictó Resolución declarando PROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que el incumplimiento por error de una obligación procesal no puede afectar un derecho fundamental y que si bien el recurrente en una suma ínfima no cumplió con un requisito meramente formal, lo subsanó posteriormente ya que en la presentación del Recurso de Apelación adjuntó los depósitos exigidos en el art. 360-II del Código de Procedimiento Civil.