Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1101/01-R
Fecha: 18-Oct-2001
Procedente
Que la Resolución de 6 de septiembre de 2001, cursante de fs. 106 a 109, declara Procedente el Recurso, en consideración a que los demandados, al haber expulsado a la recurrente por nota de 12 de octubre de 1999 han vulnerado las disposiciones de su propia ley interna. Que al haber emanado dicha determinación de una instancia que no corresponde, la expulsión no tiene valor legal alguno y aunque haya sido ratificada por un Congreso no tiene vigencia por ser un acto nulo, vulnerándose además del Estatuto Orgánico y el derecho a la defensa de la recurrente de quien se presume su inocencia, así como su derecho a emitir libremente sus ideas y opiniones y reunirse o asociarse con fines lícitos .