SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1140/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1140/01-R

Fecha: 26-Oct-2001

Considerando:

1.   En el memorial de fs. 2 a 4 de obrados, presentado el 13 de septiembre de 2001, el recurrente expresa que el 12 de septiembre del año en curso aproximadamente a horas 9:00, nueve personas al mando de la Fiscal Méndez ingresaron a su domicilio, afirmando que tenían una orden de allanamiento, procedieron a su detención y a la incautación de armas de tiro deportivo y cacería, conduciéndolo luego a dependencias de la Policía Técnica Judicial, donde le interrogaron sin intervención de sus abogados y cuando llegaron éstos no se pudo recibir su declaración debido a que no había Fiscal.

Afirma que tal proceder viola sus derechos y garantías constitucionales e incurre en detención ilegal ya que su privación de libertad  se prolongó por más de 8 horas vulnerando los arts. 6, 9 y 18 de la Constitución Política del Estado, por lo que interpone el presente Recurso pidiendo sea declarado procedente y, como consecuencia, se ordene su inmediata libertad.     

2.   A fojas 44 cursa el acta de audiencia pública realizada el 17 de septiembre del año en curso, actuado al que no concurrió el recurrente, quien presentó un memorial de desistimiento el que no fue considerado disponiéndose la prosecución de la audiencia a efecto de dar cumplimiento al art. 91-II de la Ley Nº 1836.

CONSIDERANDO: Que en materia de Hábeas Corpus se precautela uno de los bienes jurídicos más preciados del ser humano cual es la libertad, en razón de lo que no puede  admitirse el desistimiento, sino que necesariamente debe ingresarse al análisis de la demanda, el informe de la autoridad recurrida y  los actuados producidos en el proceso. Así lo han señalado las Sentencias Constitucionales Nos. 738/2000-R, 307/2001-R y 813/2001-R, entre otras.