Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 484/2001-CA
Fecha: 29-Nov-2001
rechazando el incidente
Que, con la respuesta de Juan Carlos Lampe Gonzáles de fs. 18, el Juez Séptimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, B. Guido Salas Guardia, pronuncia la Resolución de 15 de noviembre de 2001 rechazando el incidente en consideración a que el proceso se encuentra en ejecución de sentencia, la misma que ha adquirido la calidad de cosa juzgada, por lo que el recurso interpuesto es infundado; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.