Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 487/2001-CA
Fecha: 29-Nov-2001
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 23 de noviembre de 2001 pronunciada por el Juez Séptimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, B. Guido Salas Guardia, cursante a fs. 12 del expediente.